La Sala Constitucional sigue revisando los posibles roces de diversas convenciones colectivas municipales y en esta ocasión el turno le tocó a Nicoya, que deberá ajustar el plan de beneficios.
Según los magistrados los beneficios respecto al pago de cesantías rozan con la Constitución y deberán apegarse a los límites permitidos.
En la sentencia 21330-2020, los magistrados eliminaron los portillos que permitirían pagar cesantías mayores a 12 años.
Además, se eliminó el pago de la cesantía en casos de despido con decisión justificada, ya sea por iniciativa del patrón o incumplimientos del empleado.
El voto agrega que aquellos trabajadores que salgan por incapacidad permanente o alegando acoso podrán cobrar la cesantía hasta que exista en firme una declaratoria de las autoridades médicas o judiciales.
Finalmente se eliminó también en artículo 21 que garantizaba cesantía a quienes renunciaran voluntariamente, dando un reconocimento de 20 años.
Cesantías y más beneficios en la mira
A lo largo del último año son diversas las municipalidades a las que la Sala ha marcado el terreno sobre los beneficios que dan a sus trabajadores.
Un año atrás se dió uno de los principales frenos cuando se erradicaron 6 privilegios que garntizaba la Municipalidad de Moravia a su personal.
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Entre otros, se compraban útiles para sus hijos o indemnizaciones por muerte de familiares.
También se eliminó la falta de límites para el pago de cesantías, una constante en las condenas a otras municipalidades.
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Las sentencias encontraron que la Municipalidad de Santa Cruz no tenía límites en el pago y la Coronado imponía 30 años, más del doble de lo permitido.
También fueron corregidas las convenciones de Carrillo, Abangares, Curridabat y Siquirres.