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¿Qué hacer ante el fallecimiento de un familiar y la distribución de sus bienes?

Al cumplirse seis meses de la llegada de la pandemia al país, el coronavirus ha cobrado la vida de 478…

Por Elizabeth Rodríguez

Tiempo de Lectura: 2 minutos
¿Qué hacer ante el fallecimiento de un familiar y la distribución de sus bienes?
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Al cumplirse seis meses de la llegada de la pandemia al país, el coronavirus ha cobrado la vida de 478 personas en territorio costarricense. Existe la posibilidad de que algunos de ellos tuvieran testamento, pero otros no.

Así, en medio de momentos de dolor por la pérdida de un ser querido, hay que hacer frente a los procesos sucesorios.

“Un proceso sucesorio inicia cuando un ser querido fallece y deja bienes para heredar; este proceso se tramita para resolver la distribución de dichos bienes”, explicó Gabriela Monge, de BG&A Abogados.

Este proceso puede gestionarse de forma notarial o judicial. Cuando el fallecido tiene testamento, la voluntad de la persona puede ser ejecutada en sede notarial, siempre que no existan menores, ni incapaces, ni conflicto entre los herederos.

Cuando se llega a un consenso, el trámite puede ser rápido, simple y económico; sin embargo, si existen inconformidades se deberán acudir a un juzgado civil, donde les corresponderá a un juez determinar cómo se hará la distribución de esos bienes.

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Aspectos importantes

Un proceso sucesorio podría ser abierto por algún acreedor de la persona fallecida o cualquier persona que crea que tiene derecho a esos bienes. Esto incluye pólizas, propiedades o incluso la liquidación laboral.

Al morir la persona trabajadora automáticamente provoca la terminación del contrato laboral, por lo cual la familia tiene derecho a recibir el pago de sus prestaciones.

“Lo recomendable es que la empresa contacte a la familia y le comunique que depositará la liquidación laboral en el juzgado de trabajo que correspondiente al domicilio del trabajador. Por ejemplo, si la persona vivía en Curridabat la empresa debe depositar la liquidación a la orden del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, para que la familia pueda reclamarla”, señaló Monge.

Es responsabilidad del patrono redactar una solicitud al Juzgado de Trabajo para abrir una cuenta bancaria donde se pueda depositar el dinero. La empresa debe aportar la copia del detalle de la liquidación y los datos del trabajador para que el juzgado notifique a la familia.

La abogada aconsejó, a todas las personas que tengan bienes o activos, que lo idea es hacer un testamento. Este documento puede ser modificado cuando la persona desee. “Son válidos únicamente aquellos que se hacen ante un notario público”, agregó.

Dejar evidencia de esta última voluntad, concluyó, facilita el proceso sucesorio para la familia, pues en ausencia de un testamento y en caso de desacuerdo, los procesos en sede judicial suelen erosionar las relaciones familiares y toman varios años en ser resueltos.

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