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Extranjeros residentes podrán ingresar al país si prometen ponerse al día con la CCSS en 22 días

Una reforma hecha este lunes al decreto ejecutivo No.42513-MGP-S permitirá que los extranjeros residentes que no están al día con…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Extranjeros residentes podrán ingresar al país si prometen ponerse al día con la CCSS en 22 días
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Una reforma hecha este lunes al decreto ejecutivo No.42513-MGP-S permitirá que los extranjeros residentes que no están al día con el aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) puedan ingresar al país.

Eso sí, tendrán un plazo de 22 días para ponerse en regla con la institución. Así lo comunicó el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) esta noche. Además, deberán adquirir un seguro por 22 días que cubra el COVID-19.

Entre el 1 de agosto y el 5 de setiembre, la Dirección General de Migración y Extranjería reportó9 rechazos de ingreso de extranjeros residentes por no encontrarse al día con la CCSS.

Justamente, este lunes una mexicana con residencia en el país cumple días varada en Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS), pues se le rechazó su ingreso al no tener la situación al día con la CCCSS y ella apeló la acción.

La medida había generado reacciones desde el sector turismo; la Cámara Nacional de Turismo (Canatur) la había calificado como “arbitraria” y advertido sobre el daño de la imagen del país.

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Modificación del decreto

De acuerdo con Gustavo Segura, ministro de Turismo, esta acción favorece el ingreso de personas residentes en Costa Rica provenientes de otros países, “sin abandonar la importancia de ser responsables de tener al día sus cuotas con la Caja”.

“De esta manera se resuelve la situación logística de impedimento de ingreso al país que se había anunciado días atrás”, manifestó.

Los requisitos que deben cumplir las personas extranjeras que cuenten con una permanencia legal autorizada bajo las categorías migratorias de Residencia Permanente, Residencia Temporal, Categorías Especiales o No Residentes subcategoría Estancia que ingresen al país por vía aérea o marítima mediante yate o velero, son los siguientes:

  • El formulario denominado Pase de Salud, para el control sanitario correspondiente en el momento de su ingreso al país.
  • Presentar el documento de identificación migratorio para personas extranjeras vigente (DIMEX) con las excepciones correspondientes que disponga la Dirección General de Migración Extranjería.
  • Contar con el comprobante de pago del aseguramiento a la seguridad social vigente o contar con alguno de los seguros de viaje contemplados contra COVID-19 y con cobertura mínima de 22 días.

Además, recibirán una orden sanitaria de aislamiento a menos que procedan de un país o estado de los Estados Unidos de América autorizado y al mismo tiempo traigan consigo una prueba negativa PCR.

“Las personas extranjeras que no cuenten con el aseguramiento social vigente y adquieran un seguro de viaje con cobertura mínimo de 22 días, deberán realizar los trámites correspondientes para ordenar su situación de aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social en dicho plazo, según el apercibimiento que realizará la Dirección General de Migración y Extranjería, a través de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, en el momento de la autorización de su ingreso al país”, reza el decreto.

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