Portada

Empresas y usuarios de energía solar: tope del 15% por circuito es arbitrario

El actual reglamento para la generación distribuida de autoconsumo con fuentes renovables es un tema que saca canas y provoca…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 5 minutos
Empresas y usuarios de energía solar: tope del 15% por circuito es arbitrario
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El actual reglamento para la generación distribuida de autoconsumo con fuentes renovables es un tema que saca canas y provoca malestar en los empresarios y usuarios de la energía solar en el país.

Uno de los aspectos que más genera descontento en el sector es el tope del 15% designado para cada circuito. Esto significa que la capacidad máxima de todos los sistemas de generación (como paneles solares) conectados en un mismo circuito, incluyendo el sistema propuesto, no deberá exceder 15% de la demanda máxima anual del circuito. 

Según empresarios y usuarios el meollo del asunto es que dicho porcentaje fue determinado de manera arbitraria, ya que existen circuitos que tienen más o menos capacidad que ese porcentaje.

Artículo 44. Capacidad máxima de sistemas conectados a un circuito. La capacidad máxima de todos los sistemas de generación conectados en un mismo circuito, incluyendo el sistema propuesto, no deberá exceder el quince por ciento (15%) de la demanda máxima anual del circuito. Se considera demanda máxima, como aquella medida a la salida de la subestación a la cual está conectado el circuito bajo condiciones de operación normal del mismo, no se considera la potencia asociada a los circuitos de respaldo

Reglamento generación distribuida para autoconsumo con fuentes renovables modelo de contratación medición neta sencilla – Decreto N° 39220-Minae

OBSERVE MÁS: Energía solar camina a paso lento en el país

El ingeniero de la empresa Go Solar, Khristopherson Agüero, afirmó que el tope no tiene fundamento técnico. “No existe un estudio a nivel país o a nivel de circuito que se fundamente porqué se puso ese porcentaje”, explicó Agüero. 

“Habrá circuitos que inclusive aguanten menos penetración o que muchos de los circuitos que están cerrados o que podrían cerrarse aguanten más penetración”, dijo el ingeniero. 

El presidente de Yuxta Energy, Ernesto Moreno, reiteró que no hay criterio técnico válido que defina la capacidad que soporta cada circuito.

“Fue un criterio antojadizo. Hay varios esfuerzos para tratar de solucionar esa situación. Estamos dejando a mucha gente por fuera de poder aprovechar los beneficios de la energía solar”, indicó Moreno. 

OBSERVE MÁS: Costo de electricidad espanta nuevas empresas y amenaza a las existentes, alerta sector productivo

Según la CNFL, la generación distribuida es la energía eléctrica realizada a partir de fuentes renovables dentro de la propiedad del cliente, con el fin de satisfacer las necesidades energéticas propias del abonado y poder inyectar a la red de distribución los excedentes de energía para usarlos posteriormente en el mismo punto de interconexión dentro de un período anual

Permite un intercambio de electricidad con la empresa distribuidora (neteo) a liquidar anualmente y de hasta un 49% de la energía total producida que se puede inyectar a la red.

OBSERVE MÁS: Gobierno ofrecerá tarifas especiales para autobuseras que utilicen unidades eléctricas

Operación “segura”

La capacidad máxima de todos los sistemas de generación conectados en un mismo circuito no debe exceder el 15% de la demanda máxima anual del circuito. (ICE)

El reglamento de generación distribuida para autoconsumo está en manos del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), ente rector en la materia. 

Rolando Castro, viceministro de Energía, explicó que el criterio del 15% se definió basado en la capacidad operativa o criterio de operación segura (hasta donde puedo llevar al límite los cables sin que colapsen).

El jerarca aseguró que para aumentar el tope, habría que elevar el tamaño de los conductores para generación distribuida. El mayor obstáculo es el económico. 

Castro mencionó que el porcentaje se sometió a revisión. Las autoridades concluyeron que el porcentaje no puede aumentar hasta que se refuerce la capacidad de los circuitos. “Como es un servicio público no se puede poner en riesgo el suministro o la continuidad”, dijo. 

“No podemos obligar a la empresa distribuidora a que aumente la capacidad, eso tiene que pagarlo el usuario el final. Es un tema que va poco a poco, y creemos que cada vez va a haber mayor capacidad”, explicó el Viceministro.

Pero en el nuevo reglamento el porcentaje del 15% no cambia, “por un tema de seguridad operativa” según el jerarca.

OBSERVE MÁS: País ha ahorrado $482 millones en 20 años por generación eléctrica renovable

Más estudios

Para la Asociación Costarricense de Energía Solar (Acesolar) el tope del 15% también es una medida de protección para la red de distribución. “La red de distribución no fue hecha para que reciba energía. Sin embargo funcionan para que reciba”, indicó el presidente de la organización Carlos Meza.

Meza, ingeniero y profesor universitario, dijo que se deben hacer más estudios para determinar el límite.

El Viceministro Castro agregó que el tope no restringe la generación, ya que no todos se conectan a la red del servicio público. “Uno puede poner todo lo que quiera, todo el autoconsumo que quiera. En el momento que quiere interactuar con la red es que aparece ese porcentaje de seguridad operativa”, comentó

A agosto del 2019, la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) reportó 13 circuitos ya cerrados:

  • Lindora – Brasil
  • Brasil – Ciudad Colón
  • Brasil – Forum
  • Brasil – Reforma
  • Lindora – Guácima
  • Belén – Asunción
  • Caja – Electriona II
  • Electriona – Potrerillos
  • Electriona – Scott
  • Colima – Guadalupe 1
  • San Miguel – Barrio Socorro
  • Uruca – Virilla
  • Guadalupe – San Vicente

Según datos de la Promotora de Comercio Exterior (Procomer), en el 2018 se importaron alrededor de $12.695 en paneles solares. En el 2014, esa cifra no superó los $4.317. 

OBSERVE MÁS: Meta de generar energía 100% renovable para 2030 carece de estudios técnicos

Descontento general

Diversas empresas del sector privado así como instituciones públicas – y hasta el MOPT con semáforos – han optado por utilizar energía solar para generar su propia fuente de electricidad. (Recope)

Agüero amplió su crítica del reglamento al calificarlo de conservador y proteccionista de las empresas distribuidoras. Por eso pidió una ley más que un decreto.

“Es necesaria una ley que venga a darnos la seguridad jurídica. Ya esto dejó de ser plan piloto. No es un tema de si se va a hacer o cómo. Ya está sucediendo y el sector solar crece como la espuma”, dijo el ingeniero. 

Moreno lo tildó como un “reglamento construido desde el miedo”. “Se observa como un temor de las empresas distribuidoras. Les ha costado caer que la caída en los ingresos les representa una caída en los costos mucho mayor, en el sentido de que es electricidad que no tienen que comprarle energía a otros distribuidores”, dijo.

Otra de las críticas es el “secretismo” con el que las empresas distribuidoras manejan la información sobre los circuitos, puesto que no hacen público el porcentaje ocupado por la generación distribuida, según los empresarios. 

Agüero, Moreno y Meza coincidieron en que el reglamento es “poco claro”, sobre todo sobre las responsabilidades de las empresas distribuidoras.

Aunque no dio detalles, Castro prometió que el nuevo reglamento dará nuevas responsabilidades a las empresas distribuidoras.

“Los obliga a ser mucho más ordenados en la normativa, a resolver de manera mucho más expedita al abonado que quiere poner paneles solares, entre otras cosas”, dijo.

OBSERVE MÁS: Cabeceras de provincia también tendrán semáforos con energía solar