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Empresas agrícolas con trabajadores migrantes irregulares se expondrán a multas desde setiembre

Las empresas de los sectores agropecuarios, agroexportadores o agroindustriales que contraten personas extranjeras en condición irregular o que no tengan…

Por Paula Umaña

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Empresas agrícolas con trabajadores migrantes irregulares se expondrán a multas desde setiembre
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Las empresas de los sectores agropecuarios, agroexportadores o agroindustriales que contraten personas extranjeras en condición irregular o que no tengan en trámite su regularización se expondrán a fuertes sanciones a partir del 23 de setiembre.

Ese día se vence el plazo dado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para que las empresas puedan regularizar la situación migratoria de sus trabajadores, gracias al Decreto Ejecutivo N° 42406- MAG-MGP.

Las multas ya están establecidas en el artículo 177 de la Ley General de Migración y Extranjería, que define sanciones “entre dos y hasta 12 veces el monto de un salario base”.

“Las empresas que inicien el proceso de regularización de sus trabajadores, bajo las condiciones establecidas en el decreto, antes del 23 de setiembre no estarán expuestas  a la sanción. Aquellas empresas que contraten población migrante sin regularizar, a partir del 23 de setiembre se exponen al proceso sancionatorio”, explicó a El Observador la viceministra del Agricultura y Ganadería (MAG), Ana Cristina Quirós.

El presidente de la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, Juan Rafael Lizano, aseguró que la reforma al decreto de regularización, para multar a partir de setiembre, afecta sobre todo a los cultivos que inician la cosecha después de dicho mes y que en este momento no tienen la cantidad de trabajadores que se necesitan.

El líder gremial amplió que el proceso de regularización ha ido lento. “Ha ido despacio. Pero ya uno no puede hacer nada”, dijo.

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Decreto de regularización

El decreto de regularización exige una serie de requisitos para demostrar el arraigo de los trabajadores del sector. Estos deben haber ingresado al país entre enero de 2016 y enero de 2020.

Es obligatorio presentar:

  • el formulario de solicitud
  • la prueba de identidad
  • declaración jurada sin antecedentes penales
  • demostrar su ingreso en las fechas indicadas
  • y cancelar los trámites respectivos con un costo total de $60.

“La reforma al decreto establece un transitorio para que una vez que venza el plazo dado en la misma norma para solicitar la regularización de trabajadores migrantes con demostrado arraigo en el país, que hayan ingresado entre enero de 2016 y enero de 2020, se apliquen las multas establecidas en el artículo 177 de la Ley de Migración y Extranjería”, detalló Quirós.

La aplicación de las sanciones son responsabilidad de la Dirección General de Migración y Extranjería.