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Diputado busca que Fondo Notarial gire recursos a notarios para sus pagos ante crisis

El diputado Erwen Masís planteó un proyecto de ley que pretende permitir la devolución del 50% aportado por cada notario…

Por Paula Ruiz

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Diputado busca que Fondo Notarial gire recursos a notarios para sus pagos ante crisis
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El diputado Erwen Masís planteó un proyecto de ley que pretende permitir la devolución del 50% aportado por cada notario público en el Fondo de Garantía Notarial, debido a la emergencia nacional del coronavirus.

En su iniciativa, el socialcristiano plantea una nuevo artículo transitorio a Ley de Código Notarial, para permitir la devolución del monto. El Fondo es administrado por la Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica, pero bajo la tutela de la Dirección Nacional de Notariado.

“Dicha devolución deberá hacerse hasta en tres tractos mensuales, iguales y consecutivos y no estarán sujetos a ningún impuesto, retención o cargas sociales”, plantea el socialcristiano.

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Los notarios públicos tendrían derecho al acumulado por cada uno de ellos hasta el 29 de febrero anterior.

Los que no podrían acceder a ese beneficio, serían los notarios con procedimientos abiertos.

“El efecto para cada notario puede estribar en mantener su oficina abierta, mantener sus empleados o socorrerlos en épocas difíciles, por cuanto corresponden a fondos propios. En el efecto macroeconómico se puede estimar en un impulso de ocho mil (8.000) millones de colones mensuales, rozando los veinticinco mil millones de colones en tres meses, lo anterior si calculamos un promedio de tres millones (equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto total depositado”, defendió Masís en su propuesta.

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Solicitud rechazada

Guillermo Sandí, directo Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado, comunicó a la comunidad que en el acuerdo 2020-009-009, el Consejo Superior Notarial rechazó la petición de devolución del 50% planteada por un grupo de profesionales.

Para su defensa, recordó que el artículo 9 del Código Notarial crea el Fondo para una naturaleza indemnizatoria, por eventuales daños y perjuicios a terceros cometidos por notarios.

“La única forma, de acuerdo con la ley de retirar lo aportado al fondo es cuando el notario cese en sus funciones o por fallecimiento, siempre y cuando no existan procesos de naturaleza civil en donde se le reclamen daños y perjuicios derivados de la actuación notarial”, explicó en el documento con fecha del 27 de marzo.

Por el momento, la Dirección Nacional de Notariado suspendió el pago dirigido al Fondo durante abril, mayo y junio.

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